¿Qué es un establecimiento permanente?

Una de las maneras más rápidas de que una empresa española pueda desempeñar su actividad en el extranjero es a través de un establecimiento permanente, el cual se produce cuando tiene instalaciones en las que realiza su actividad de forma directa o a través de un agente autorizado. En caso de cualquier duda al respecto, es aconsejable que acudas a profesionales de la asesoría legal en Monzón.

Diferencias entre establecimiento permanente y exportación

El establecimiento permanente tiene la misma personalidad que la sede central, sin que suponga un perjuicio el hecho de que el país en el que esté operando le haya otorgado un NIF para trabajar en ese lugar.

Se entenderá que constituyen un establecimiento permanente las sedes de dirección, fábricas, tiendas, talleres, almacenes, oficinas u otros establecimientos como canteras, pozos de petróleo, minas, explotaciones agrícolas, obras de construcción, etcétera que tengan una duración superior a los 6 meses. Para cualquier duda al respecto puedes recurrir a nuestra asesoría legal en Monzón.

No se debe confundir el contar con un establecimiento permanente en un país extranjero con el hecho de vender en otro país. Se puede dar el caso de que una empresa española se dedique a la exportación de algunos bienes a empresas radicadas en el extranjero, pero que se realice un envío directo entre empresas.

Habitualmente, si la empresa de España no tiene almacén en el país al que exporta, se considera que la venta se lleva a cabo desde España. Sin embargo, en el caso de que dispusiese de un almacén, con personas encargadas de recibir su mercancía y distribuirla al cliente final, tendrá la consideración de establecimiento permanente.